Guía para estimar tu pensión: edad de retiro, años cotizados y simulador oficial
La pensión media de jubilación del sistema de la Seguridad Social alcanza los 1.576,1 euros mensuales tras la actualización de datos correspondiente al mes de septiembre. Sin embargo, esta cifra agregada no refleja la realidad individual de cada futuro pensionista ni la brecha existente entre los distintos colectivos: mientras que en el Régimen General la pensión media de jubilación se sitúa en 1.734,7 euros mensuales, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) la media asciende únicamente a 1.062,8 euros. Asimismo, si se considera el promedio global del sistema (que incluye invalidez, viudedad, orfandad y favor de familiares), el importe medio se fija en 1.374,6 euros al mes.
Para quienes prevén retirarse a lo largo de 2026, la cuantía exacta depende de las bases de cotización acumuladas durante la carrera laboral, el número total de años cotizados y la modulación que aporta el nuevo periodo transitorio de cálculo fijado por la ley.
Edad ordinaria de jubilación y cotización exigida
En 2026 se aplica un nuevo tramo en el calendario transitorio de la reforma de pensiones. La edad ordinaria para acceder a la prestación varía según la cotización total acreditada:
| Años cotizados acreditados | Edad ordinaria de jubilación |
| 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses |
Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación se requiere acreditar un periodo mínimo de 15 años de cotización (5.475 días), de los cuales al menos 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento del hecho causante.
Cómo se calcula la base reguladora: el sistema de doble opción
A partir del 1 de enero de 2026 entra en funcionamiento el régimen transitorio de cálculo de la base reguladora, diseñado para convivencia gradual entre dos fórmulas hasta la década de 2040. La Seguridad Social aplica de oficio el resultado que resulte más favorable para el trabajador:
- Método tradicional: Se computan las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases consecutivas) y la suma se divide entre 350.
- Nuevo método transitorio dual: Se consideran las bases de cotización de los últimos 29 años (348 meses), de las cuales el sistema descarta automáticamente los 24 meses de menor cotización para tomar las 324 bases más altas, dividiendo el montante entre 378.
Las bases de cotización de los años más distantes se actualizan de forma automática con arreglo a la evolución del IPC para evitar la pérdida de poder adquisitivo respecto a la inflación acumulada.
Porcentaje de la base reguladora según los años cotizados
Tras obtener la base reguladora, se aplica un porcentaje corrector en función de los años y meses cotizados a lo largo de la vida laboral:
- Con 15 años cotizados: Se accede al 50 % de la base reguladora.
- Meses adicionales del 1 al 49: Incrementan la pensión a razón de un 0,21 % por cada mes cotizado.
- Meses adicionales a partir del mes 50: Suman un 0,19 % extra por cada mes que exceda de dicha cifra.
- Para alcanzar el 100 % de la base reguladora: Es necesario acreditar 36 años y 6 meses de cotización (438 meses en total).
Tabla de tramos de cotización y porcentaje de la base reguladora
| Años cotizados | Meses totales cotizados | Porcentaje sobre la base reguladora |
| 15 años | 180 meses | 50,00 % |
| 20 años | 240 meses | 62,38 % |
| 25 años | 300 meses | 73,78 % |
| 30 años | 360 meses | 85,18 % |
| 35 años | 420 meses | 96,58 % |
| 36 años y 6 meses o más | 438 meses o más | 100,00 % |
Ejemplos prácticos de cálculo
Ejemplo A: Carrera completa de cotización
Un trabajador alcanza los 65 años en 2026 habiendo acumulado 39 años de cotización. Tras la aplicación de las bases actualizadas, su base reguladora resultante asciende a 2.100 euros.
- Requisitos de edad: Cumple la edad ordinaria de 65 años al haber superado los 38 años y 3 meses exigidos.
- Porcentaje aplicable: Al sobrepasar los 36 años y 6 meses, le corresponde el 100 % de la base.
- Pensión bruta mensual: 2.100,00 euros.
Ejemplo B: Cotización de 20 años
Una trabajadora se jubila al cumplir 66 años y 10 meses acreditando 20 años exactos de cotización (240 meses). Su base reguladora calculada es de 1.400 euros.
- Requisitos de edad: Cumple la edad ordinaria exigida para cotizaciones inferiores a 38 años y 3 meses.
- Porcentaje aplicable: Los primeros 15 años equivalen al 50 %. Los 5 años adicionales (60 meses) se desglosan en 49 meses al 0,21 % (10,29 %) y 11 meses al 0,19 % (2,09 %), acumulando un porcentaje adicional del 12,38 %. El porcentaje final es del 62,38 %.
- Pensión bruta mensual: $1.400 \times 62,38\% =$ 873,32 euros.
Pensión máxima, mínima y reglas del complemento a mínimos
El sistema público limita legalmente la cuantía tope que puede percibir un beneficiario de forma mensual y anual, independientemente de que las cotizaciones realizadas hayan generado una base reguladora superior.
Para las pensiones cuya cuantía calculada queda por debajo de los umbrales mínimos establecidos por ley, existe la posibilidad de solicitar el complemento a mínimos, sujeto a condiciones estrictas:
- Límite de ingresos: Para el cómputo individual, no se deben superar los límites de ingresos personales anuales fijados normativamente (fijados en torno a los 9.442 euros anuales cuando no se acredita cónyuge a cargo).
- Residencia: Exige residencia efectiva en territorio español.
- Carácter no consolidable: El complemento se revisa anualmente en función de la evolución de las rentas del beneficiario y se reduce o suprime si se superan los límites legales.
Diferencias en la cotización de los trabajadores autónomos
Las diferencias entre el Régimen General y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) explican que la pensión media de jubilación de los trabajadores por cuenta propia sea sensiblemente menor:
- Histórico de cotizaciones: La elección mayoritaria de la base mínima durante amplios periodos de la vida laboral deriva en bases reguladoras más reducidas en el momento del retiro.
- Integración de lagunas: En el Régimen General, los meses sin cotización dentro del periodo de cálculo se integran temporalmente con la base mínima (100 % los primeros 48 meses y 50 % los siguientes). En el RETA no existe la misma integración generalizada de lagunas, si bien la legislación prevé un mecanismo específico de cobertura parcial para determinados supuestos del RETA con efectos a partir del ejercicio 2027 tras el fin de la prestación por cese de actividad.
Jubilación anticipada y jubilación demorada
Adelantar o posponer la fecha de jubilación con respecto a la edad ordinaria modifica la pensión final de forma permanente.
Jubilación anticipada
- Voluntaria: Se permite el adelanto de hasta 24 meses respecto a la edad ordinaria aplicable al trabajador, exigiendo un mínimo de 35 años de cotización. Se aplican coeficientes reductores mensuales según el periodo de anticipación y los años totales cotizados.
- Involuntaria o forzosa: Permite adelantar el retiro hasta 48 meses en casos de despido colectivo u origen reestructurativo, con un mínimo de 33 años cotizados.
Jubilación demorada
Prolongar la actividad laboral superada la edad ordinaria genera incentivos económicos acumulativos. Los datos del Ministerio de Inclusión confirman que el 11,6 % de las nuevas altas de jubilación en el periodo reciente corresponden a la modalidad demorada, frente al 4,8 % registrado en 2019. El trabajador puede optar por:
- Un 4 % adicional de pensión por cada año completo cotizado con posterioridad a la edad ordinaria.
- Un pago único a tanto alzado por cada año adicional, cuyo importe varía en función de los años cotizados.
- Una combinación mixta de ambas modalidades.
Guía de uso de la vida laboral y el simulador oficial
Antes de proyectar la jubilación, es necesario verificar que el registro institucional coincide con el historial real del trabajador.
1. Descarga del Informe de Vida Laboral
A través del portal Import@ss de la Seguridad Social, se obtiene el informe en tiempo real para verificar:
- Días de alta computados e identificación de posibles desajustes empresariales.
- Continuidad en las cotizaciones y vacíos existentes.
2. Simulación en «Tu Seguridad Social»
Accediendo a la plataforma digital con certificado electrónico, Cl@ve o vía SMS:
- Seleccione la opción «Simular tu jubilación».
- El sistema recupera el registro de cotizaciones actualizado e identifica la fecha exacta de cumplimiento de la edad ordinaria.
- Incorpore variables hipotéticas como cambios proyectados en la base de cotización, situaciones futuras de desempleo o fechas personalizadas para la jubilación anticipada.
- La herramienta emitirá un informe con estimaciones brutas calculadas bajo las reglas legales del ejercicio.
El análisis de ECO NOTICIA
El incremento del 4,5 % interanual registrado en la pensión media de jubilación responde a la revalorización vinculada al IPC y a la paulatina incorporación de nuevos jubilados con carreras laborales más extensas y bases de cotización superiores a las de los pensionistas que causan baja. La edad media efectiva de jubilación en España se sitúa en los 65,4 años, reflejando un acercamiento progresivo a la edad legal promovido por los incentivos a la demora y la penalización de las salidas anticipadas.
A juicio de esta redacción, el verdadero reto para los futuros pensionistas no radica en seguir las medias estadísticas nacionales, sino en anticipar la brecha de ingresos individual. La disparidad entre regímenes —con una diferencia superior a los 670 euros mensuales entre los jubilados del Régimen General y los del RETA— demuestra la urgencia de realizar un seguimiento periódico de las bases de cotización y utilizar los simuladores oficiales con años de antelación para corregir vacíos de cotización o planificar el retiro de forma adecuada.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si la pensión calculada resulta inferior a la pensión mínima legal?
El beneficiario puede solicitar el complemento a mínimos para alcanzar el importe mínimo fijado anualmente por la ley. Para ello, deberá residir en España y acreditar que sus ingresos anuales procedentes de otras fuentes no superan el tope fijado por la normativa de presupuestos.
¿Puedo jubilarme a los 65 años en 2026 sin tener 38 años y 3 meses cotizados?
Solo si se acoge a la jubilación anticipada voluntaria o involuntaria, lo cual implica aplicar coeficientes reductores permanentes sobre la pensión. Para jubilarse de forma ordinaria sin penalización en 2026 con menos de 38 años y 3 meses cotizados, es obligatorio esperar a los 66 años y 10 meses.
¿Cómo aplica la Seguridad Social las dos opciones de cálculo de la base reguladora en 2026?
El ciudadano no necesita realizar ningún trámite adicional. La Entidad Gestora calcula automáticamente el importe según los dos métodos vigentes en el periodo transitorio (los últimos 25 años o los 29 años desestimando las 24 Peores bases) y asigna de oficio el importe que resulte económicamente superior.
¿La cuantía mostrada en el simulador oficial de la Seguridad Social es vinculante?
No. El simulador ofrece una estimación informativa con base en los datos registrados en la fecha de la consulta y las proyecciones realizadas. El importe definitivo y con validez jurídica se fija tras la tramitación de la solicitud formal de jubilación.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — Estadísticas e informes mensuales sobre la nómina de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social — https://www.inclusion.gob.es
- Boletín Oficial del Estado (BOE) — Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas y la reducción de la brecha de género — https://www.boe.es
- Seguridad Social — Requisitos, edad ordinaria y cálculo de la pensión de jubilación — https://www.seg-social.es
- Sede Electrónica de la Seguridad Social — Portal oficial de simulación y gestión «Tu Seguridad Social» — https://sede.seg-social.gob.es
Contacto: info@econoticia.es







