Ilustración sobre el juicio de Begoña Gómez por tráfico de influencias y malversación

Begoña Gómez afrontará un juicio por tráfico de influencias y malversación

Madrid – ECO NOTICIA: Begoña Gómez afrontará un juicio con jurado después de que el juez Juan Carlos Peinado haya acordado llevarla ante los tribunales por las acusaciones relacionadas con un supuesto tráfico de influencias y una presunta malversación, ¿qué ocurrirá ahora con la causa?

Begoña Gómez afrontará un juicio con jurado

El caso que afecta a Begoña Gómez entra ahora en una nueva fase judicial. El juez Juan Carlos Peinado ha decidido que la esposa de Pedro Sánchez deberá responder ante un tribunal del jurado por las acusaciones relacionadas con un supuesto tráfico de influencias y una presunta malversación.

Con esta resolución termina la etapa de investigación dirigida por el magistrado y comienza el procedimiento previo a la celebración del juicio. La causa continuará su recorrido en la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá completar los trámites necesarios antes de señalar la fecha de la vista.

La apertura del juicio no supone una condena. Gómez mantiene su derecho a la presunción de inocencia y serán el tribunal y el jurado quienes deberán valorar las pruebas y las declaraciones que se presenten durante el proceso.

La Fiscalía y la defensa han reclamado la absolución de Gómez, mientras que la acusación popular ejercida por Hazte Oír mantiene una petición de prisión para la esposa del presidente del Gobierno.

El procedimiento también afecta a Cristina Álvarez, asesora de Gómez en La Moncloa, que deberá afrontar el juicio por la acusación relacionada con un presunto delito de malversación.

Cómo comenzó la investigación contra Begoña Gómez

La causa judicial comenzó después de una denuncia presentada por Manos Limpias. A partir de aquella iniciativa, el juez Juan Carlos Peinado abrió una investigación sobre diferentes actividades relacionadas con Gómez.

La instrucción se extendió durante más de dos años y llevó al juzgado a tomar declaración a numerosos testigos. Entre las personas que comparecieron ante el magistrado estuvieron Pedro Sánchez y Félix Bolaños, ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Durante la investigación, el procedimiento llegó a contemplar varias acusaciones contra Gómez. Entre ellas figuraron inicialmente la malversación, el tráfico de influencias, la corrupción en los negocios y la apropiación indebida.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid revisó posteriormente parte de las decisiones adoptadas durante la instrucción. El tribunal dejó fuera los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida.

De esta forma, la causa quedó centrada en las acusaciones de tráfico de influencias y malversación que ahora deberán examinarse durante el juicio.

La decisión de la Audiencia obligó al juez instructor a modificar la fase final del procedimiento. Peinado tuvo que volver a convocar a las partes antes de adoptar una nueva decisión sobre la apertura del juicio oral.

En esa audiencia, las defensas y la Fiscalía volvieron a solicitar el archivo de las actuaciones. La acusación popular defendió, por el contrario, la necesidad de continuar hasta el juicio.

El papel de la Universidad Complutense en el caso

Una parte importante de la investigación gira alrededor de la actividad de Begoña Gómez en la Universidad Complutense de Madrid.

Gómez codirigió una cátedra extraordinaria vinculada a la transformación social competitiva. Dentro de ese entorno se desarrolló un programa informático que contó con la colaboración de empresas como Google e Indra.

El juez sostiene en su resolución que la posición de Gómez como esposa del presidente del Gobierno habría tenido relevancia en las relaciones que rodearon su actividad profesional y académica.

La investigación también examinó la participación de Cristina Álvarez, quien desempeñaba funciones de asesora en La Moncloa.

Según la interpretación del instructor, Álvarez habría prestado apoyo a determinadas actividades profesionales y académicas de Gómez que, a juicio del magistrado, no estaban vinculadas con las funciones institucionales de su puesto.

La defensa mantiene una versión diferente de estos hechos y niega que Gómez utilizara su relación con el presidente del Gobierno para conseguir ventajas dentro de la Universidad Complutense.

También rechaza que la investigada ejerciera presión sobre responsables universitarios para conseguir la creación o dirección de la cátedra.

La cuestión económica constituye otro de los elementos analizados durante la investigación.

Según los datos recogidos en la causa, Gómez recibió determinadas cantidades por actividades docentes vinculadas a másteres relacionados con la cátedra. La cantidad máxima señalada corresponde a un curso académico y asciende a 14.900 euros.

La Fiscalía ha defendido, por su parte, que Gómez no recibió ninguna cantidad económica directamente por la cátedra.

Las acusaciones y la posición de la defensa

La situación procesal presenta posiciones distintas entre las partes.

La Fiscalía considera que no existen elementos suficientes para sostener una acusación penal contra Gómez y ha pedido su absolución. La defensa también sostiene que su representada no cometió los delitos que se le atribuyen.

El abogado de Gómez ha defendido que ella no utilizó su condición de esposa del presidente para influir sobre responsables de la Universidad Complutense.

La defensa también niega que hubiera obtenido un beneficio económico irregular como consecuencia de la creación o funcionamiento de la cátedra.

La acusación popular mantiene una postura diferente. Hazte Oír reclama una condena de prisión para Gómez y considera que los hechos investigados justifican la celebración del juicio.

Estas posiciones deberán confrontarse durante el procedimiento judicial. La existencia de una acusación no implica por sí misma que los hechos hayan quedado demostrados.

Será durante el juicio cuando las partes puedan presentar sus pruebas y desarrollar sus argumentos ante el órgano encargado de resolver el caso.

El tribunal deberá valorar las pruebas practicadas y determinar si los hechos que se atribuyen a las acusadas quedaron acreditados.

La acusación contra Cristina Álvarez

Cristina Álvarez también forma parte del procedimiento judicial.

La asesora de Gómez en La Moncloa está acusada en relación con la utilización de recursos públicos para actividades vinculadas a la actividad profesional y académica de la esposa del presidente.

El juez considera relevante el papel que desempeñó Álvarez durante el periodo investigado.

La defensa de Gómez, en cambio, cuestiona que las actuaciones de la asesora puedan considerarse constitutivas de delito.

La cuestión deberá resolverse igualmente durante el juicio, donde se analizarán las funciones que tenía Álvarez, las actuaciones que realizó y la relación de esas actuaciones con las actividades de Gómez.

El caso presenta así dos líneas de responsabilidad diferentes, aunque relacionadas dentro de la misma investigación.

Qué ocurrirá ahora con Begoña Gómez

Una vez dictado el auto de apertura de juicio oral, el procedimiento entra en una nueva etapa.

La causa pasa a la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá realizar los trámites correspondientes para preparar la celebración del juicio con jurado.

Todavía debe establecerse la fecha de la vista y concretarse las pruebas que podrán practicarse durante las sesiones.

El Tribunal del Jurado cuenta con nueve ciudadanos y un magistrado de la Audiencia Provincial que ejerce como presidente. La legislación establece las funciones que corresponden tanto a los ciudadanos que integran el jurado como al magistrado encargado de dirigir el procedimiento.

La composición del jurado tendrá que completarse conforme a las reglas previstas para este tipo de procesos.

Durante el juicio, las partes podrán presentar documentos, solicitar declaraciones de testigos y practicar las pruebas admitidas por el tribunal.

El jurado tendrá que pronunciarse sobre los hechos que se sometan a su consideración.

Posteriormente, el magistrado presidente deberá dictar la resolución correspondiente conforme al procedimiento establecido.

Por el momento, el resultado del juicio no está decidido.

Begoña Gómez no afronta una condena

La apertura del juicio oral constituye una decisión procesal y no una sentencia condenatoria.

Begoña Gómez mantiene la presunción de inocencia y tendrá la posibilidad de defenderse ante el tribunal.

La Fiscalía mantiene su solicitud de absolución, mientras que la defensa rechaza las acusaciones formuladas contra ella.

La acusación popular, por su parte, sostiene que existen motivos para reclamar una condena.

La diferencia entre las posiciones de las partes será uno de los elementos centrales del futuro juicio.

El tribunal deberá analizar los hechos de forma individual y determinar si las pruebas aportadas permiten acreditar las acusaciones.

Hasta que exista una resolución judicial, no puede considerarse demostrada la responsabilidad penal de Gómez ni de Cristina Álvarez.

El juez Peinado rechaza imponer una fianza

El magistrado también ha decidido no imponer una fianza a Begoña Gómez ni a Cristina Álvarez antes de la celebración del juicio.

La acusación popular había solicitado que se estableciera una cantidad económica, pero el juez rechazó esa petición.

Peinado sí acordó solicitar las cinco últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de Gómez.

La finalidad de esta medida consiste en conocer su capacidad económica ante el posible establecimiento de responsabilidades económicas en caso de una eventual condena.

La decisión no significa que exista una condena económica contra Gómez. Se trata de una actuación vinculada a la preparación del procedimiento y a una eventual responsabilidad que, en su caso, tendría que determinar el tribunal.

La Universidad Complutense de Madrid figura como perjudicada dentro de la causa.

La institución reclama más de 113.000 euros relacionados con el desarrollo del programa informático objeto de investigación.

Las reacciones políticas ante la apertura del juicio

La decisión judicial también ha provocado reacciones en el ámbito político.

Fuentes de La Moncloa han defendido la inocencia de Begoña Gómez y han cuestionado el desarrollo de la investigación. El Gobierno sostiene que durante la instrucción no se ha demostrado la comisión de los delitos atribuidos a la esposa del presidente.

Desde el Partido Popular se ha defendido, en cambio, la actuación de los tribunales y se ha reclamado que el procedimiento continúe su recorrido judicial.

Estas declaraciones corresponden a posiciones políticas de las partes y no sustituyen las decisiones que deberá adoptar el órgano judicial.

La apertura del juicio tampoco determina cuál será el resultado final del procedimiento.

El tribunal tendrá que estudiar las pruebas y escuchar a las partes antes de adoptar una decisión.

Una investigación que cambia de escenario

La apertura del juicio supone el cierre de la fase de instrucción dirigida por Peinado.

El procedimiento comenzó con una investigación amplia y durante su recorrido sufrió diferentes modificaciones como consecuencia de las resoluciones adoptadas por instancias superiores.

La Audiencia Provincial revisó algunas de las decisiones del instructor y determinó qué acusaciones podían continuar dentro de la causa.

Ese cambio obligó a repetir determinados trámites antes de que Peinado pudiera volver a pronunciarse sobre la apertura del juicio.

La resolución actual recoge finalmente las acusaciones que permanecen vigentes dentro del procedimiento.

A partir de ahora, la preparación de la vista corresponderá a la Audiencia Provincial.

También será necesario completar los trámites relacionados con el tribunal del jurado y con las pruebas que deberán practicarse durante el juicio.

Begoña Gómez afronta una nueva etapa judicial

El caso de Begoña Gómez entra así en una fase diferente. Después de una extensa investigación, la causa llegará ahora ante un tribunal del jurado.

La esposa del presidente del Gobierno deberá defenderse de las acusaciones de tráfico de influencias y malversación.

Cristina Álvarez también afrontará el procedimiento por la acusación relacionada con la malversación.

La Fiscalía y las defensas sostienen que procede la absolución, mientras que la acusación popular mantiene sus peticiones.

La futura vista deberá determinar qué hechos pueden considerarse acreditados y si las actuaciones investigadas reúnen los elementos necesarios para establecer responsabilidad penal.

Hasta entonces, la apertura del juicio debe entenderse como un paso dentro del procedimiento judicial y no como una declaración de culpabilidad.

El juicio se desarrollará ante un Tribunal del Jurado, cuya composición y funciones están reguladas por la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado publicada en el BOE

Preguntas frecuentes:

¿Por qué Begoña Gómez irá a juicio?

El juez Juan Carlos Peinado ha acordado que sea juzgada por las acusaciones de tráfico de influencias y malversación.

¿Quién juzgará a Begoña Gómez?

El procedimiento continuará ante la Audiencia Provincial de Madrid mediante un tribunal del jurado.

¿Está Begoña Gómez condenada?

No. La apertura del juicio no supone una condena y mantiene su derecho a la presunción de inocencia.

¿También será juzgada Cristina Álvarez?

Sí. La asesora afrontará el juicio por la acusación relacionada con un presunto delito de malversación………Más